Desmontando los mitos sobre las traducciones juradas

Desmitificando los conceptos erróneos sobre las traducciones juradas

¿Alguna vez has escuchado sobre las traducciones juradas y te has preguntado si necesitas buscar a un traductor jurado en tu área local? ¿O te has preguntado si existen tarifas oficiales para este servicio? Es hora de separar la realidad de la ficción en este ámbito. En este artículo, desmentiremos algunos de los mitos más comunes y te proporcionaremos información valiosa sobre las traducciones juradas.

Conceptos erróneos sobre las traducciones juradas: Mitos de las traducciones juradas

  1. Falta de colegiación: Mito: «¿Cuál es su número de colegiado del Colegio de Traductores Jurados?» Realidad: En España, no hay un «Colegio de Traductores». La regulación recae en la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores. Aunque existen asociaciones como APTIJ, ASETRAD o ATIJC que incluyen a traductores jurados, no tienen poder para regular la profesión.
  2. Necesidad de entrega en persona: Mito: «Debo ir personalmente a la oficina del traductor jurado.» Realidad: La nueva normativa permite sellar y fechar una COPIA del documento original, evitando la necesidad de sellar los originales del cliente. Por lo general, la entrega de la traducción jurada se hace en papel, aunque algunas instituciones pueden aceptar firmas digitales.
  3. Restricción geográfica del traductor: Mito: «Necesito encontrar un traductor jurado en mi misma ciudad.» Realidad: Los traductores jurados pueden trabajar desde cualquier parte del país o del extranjero. La ubicación geográfica no es un factor limitante, lo que permite a los clientes seleccionar traductores de diversas ubicaciones.
  4. Ausencia de tarifas oficiales: Mito: «Quiero conocer las tarifas oficiales de traducción jurada.» Realidad: No hay tarifas oficiales establecidas. Cada traductor jurado fija sus tarifas según su experiencia y otros factores. Se recomienda contratar directamente al traductor jurado para evitar intermediarios.
  5. Restricción del uso internacional de las traducciones españolas: Mito: «No puedo usar una traducción jurada española fuera de España.» Realidad: Aunque se puede utilizar, algunos países pueden requerir legalización o apostilla. La legalización gratuita se realiza en el Ministerio de Asuntos Exteriores de Madrid.
  6. Adaptación de notas y contenido: Mito: «Quiero que el traductor jurado adapte las notas del expediente académico.» Realidad: Un traductor jurado no asigna equivalencias ni adapta notas. Las traducciones suelen incluir notas aclaratorias sobre el sistema original.
  7. Obligatoriedad del papel timbrado: Mito: «Las traducciones juradas deben imprimirse en papel timbrado.» Realidad: No es obligatorio. La normativa no especifica el tipo de papel, y el traductor jurado puede elegir según su preferencia.
Desmontando los mitos sobre las traducciones juradas
Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad
Ir al contenido